Divulgación científica

La divulgación científica deberá no solamente dar la información al receptor sino que también estimular sus aptitudes hacia las diversas áreas.

lunes, 16 de agosto de 2010

Fauna Autóctona de Patagonia al cuidado de Todos

La fauna autóctona cuenta con pocos mamíferos de gran porte (pumas, guanacos), principalmente ubicados en la zona occidental, donde el relieve más pronunciado les permite esconderse. Sin embargo,en la estepa existe una rica y compleja vida animal, que incluye gran cantidad de aves, entre las que se destaca el choique o ñandú patagónico, ave no voladora de gran tamaño.Patagonia tiene gran extensión costera brindándole un habitat propicio para aves y animales marinos
.Fauna patagónica autóctona
Aguila Mora
Bandurria
Cachaña
Carancho
Carpintero patagónico
Cauquén común
Cisne de cuello negro
Chingolo
Choique o Ñandú
Cóndor
Flamenco
Gato de los pajonales
Gato montés
Guanaco
Halconcito común
Huemul
Pecho colorado
Perca
Pinche (Armadillo)
Puma
Puyen
Tero
Zorrino
Zorro colorado
Zorro gris
Fauna marina /acuática patagónica
Albatros
Ballena Franca Austral
Biguá
Cormorán
Cormorán imperial
Chorlito Blanco
Elefante marino austral
Garza blanca
Gaviota dominicana
Gaviota cabeza negra
Gaviotín
Lobo Marino de un pelo
Orca
Ostrero Austral
Pato a vapor
Petrel gigante
Pingüino magallanes
Tonina Overa


Info complementaria
http://muypatagonia.com/tag/fauna-autoctona/

Proteger especies ...sin discriminarlas

Proteger especies debería ser sin elegir a quien o cuales de ellas.Campañas que den publicidad a la No Matanza sin importar la especie enaltece a quienes lo hacen. Ballenas...fauna marina...derrames de petróleo...alimentos transgénicos,industrias contaminantes...papeleras ... son importantes pero no dejan de desmerecer una campaña a favor de la Vida , de la No Matanza de Fauna Autóctona ni de Mascotas.

Ser racional y buscar un equilibrio .
Campaña para defender la vida animal y vegetal
El Planeta es de todos
Todas las especies tiene derechos ...o algunas tienen más derechos que otras..?

PUMA
Orden: Carnívoro
Familia: Felidae
Nombre Científico: Puma concolor
Distribución: En casi toda la Argentina a excepción de la provincia de Entre Ríos, La Pampa húmeda.
Descripción: Su coloración en el adulto es prácticamente uniforme, sin franjas ni manchas. Los cachorros presentan una serie de manchas y rayas irregulares de color pardusco o negro. Su cuerpo es musculoso y esbelto; cuello y cola largos, las patas son fuertes y terminadas en cinco dedos las delanteras y cuatro en las traseras. Cada dedo esta provisto de una uña curvada y retráctil. Su dimensiones son desde la cabeza a la cola de 1.65 m. y su peso es de entre los 40 y 70 kg. hembras y machos respectivamente. Tienen una alimentación carnívora muy amplia. Sus principales presas son los ciervos, el tapir, la mara, los agutíes, el tapetí, la liebre europea, la vizcacha, las comadrejas, el coatí, los ñandúes. No posee depredadores naturales. Su camada es de entre dos a cuatro que pesan alrededor de los 400 gramos y miden entre 20 y 30 cm. Su periodo de gestación es de trece semanas


http://new.taringa.net/posts/solidaridad/6423037/En-contra-a-la-matanza-de-los-perros-en-neuquen.html

http://www3.taringa.net/posts/mascotas/6566889/Verg%C3%BCenza-nacional:-matanza-de-pumas-en-Rio-Negro.html

sábado, 14 de agosto de 2010

Un poco de Química ---

La química de la TIZA...




La tiza (del náhuatl tizatl: tizne (ceniza) y atl (agua)) (también conocido como yeso y gis (México)) es una arcilla blanca que, preparada en barritas, se usa para escribir en el pizarrón y, pulverizada, para limpiar los metales.

La mezcla de ceniza y agua ha sido utilizado a como pintura por varias culturas mesoamericanas.

Suele llamarse también así al compuesto de yeso que se usa en el juego de billar para frotar los tacos a fin de que no resbalen al golpear las bolas.

La tiza se elabora generalmente mezclando yeso con agua y algunos otros materiales tales como caolín, y se espera a que fragüe dentro de un molde especial. Una vez que ha fraguado la mezcla, se desmolda y se seca


http://es.wikipedia.org/wiki/Tiza

jueves, 12 de agosto de 2010

Peligro : Tiza en nuestras aulas




Estudios realizados por especialistas,han revelado que la exposición prolongada al polvillo de la tiza provoca efectos nocivos para la salud, que han sido el motivo para la incapacidad repentina de maestros. Las recomendaciones han sido,cambiar los pizarrones tradicionales por pizarras acrilicas




http://archivo.elnuevodiario.com.ni/2004/enero/12-enero-2004/nacional/nacional34.html

http://www.educacionlarioja.gov.ar/noticia.asp?id=51



http://www.lular.info/a/Otros/2010/07/Que-es-la-Historia-de-la-pizarra.html

domingo, 1 de agosto de 2010

NO a la Eutanasia-No violar los DERECHOS DE LOS ANIMALES! NO VIOLAR LA ÉTICA



Defender la vida, es dar valores a nuestros hijos.
NO A LA EUTANASIA DE MASCOTAS!!!
No violar los DERECHOS DE LOS ANIMALES! NO VIOLAR LA ÉTICA !
Ley 14346 de Protección a los Animales


PROMOVER LA PROFILAXIS!!!
Hay muchas formas de revertir la situación ...pero NUNCA LA MATANZA ES EL CAMINO CORRECTO!
Esto denota enfermedad ,inoperancia , una crisis que no saben cómo encauzar...

Una sociedad violenta , ignorante no construye a la Nación.
Votar en las elecciones al candidato que menos hable y mas haga sin violar derechos.
Saludos y espero que reviertan la situación buscando soluciones éticas.
Susana

sábado, 31 de julio de 2010

Ley 14346 de Protección a los Animales LEY NACIONAL

Ley 14346 de Protección a los Animales
LEY NACIONAL 14.346


SANCIONADA EN EL CONGRESO NACIONAL EL 27/9/54. -

INCLUIDA EN EL CÓDIGO PENAL.Art. 1º: Será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de
actos de crueldad a los animales.

Art. 2º: Serán considerados actos de maltrato:

1) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

2) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios
castigos o sensaciones dolorosas.

3) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones
climáticas.

4) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado..

5) Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

6) Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Art. 3º: Serán considerados actos de crueldad:

1) Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas
que no estén debidamente autorizadas para ello.

2) Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o
higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

3) Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no
sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo en casos de urgencia debidamente
comprobada.

4) Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la
experiencia.

5) Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en la experimentación.

6) Causar la muerte de animales grávidos, cuando tal estado sea patente en el animal y salvo en el caso de las
industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.

7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad.

8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

Art. 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

¿QUE HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES?

Debes tener presente:

1. Es un delito penado por el Código Penal.
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o fiscalía.

DENUNCIAS POR MALTRATO

Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia :

1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.

2. El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.

3. La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En
caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe.

4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y
tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y
cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.

5. La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona, Juez competente, o el Ministerio Fiscal.

LA POLICÍA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 ES UNA LEY PENAL Y HAY QUE HACERLA CUMPLIR.

6. El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso, ni es necesario el asesoramiento de abogados.

¿Dónde realizar la denuncia?
Fiscalía : Combate de los Pozos 155 . Argentina
Tel: 0800333347115.Ante el Fiscal de turno.

En la comisaría más próxima o en los Tribunales.


Un problema...Ya que el poder "Ejecutivo provincial de Neuquén "interpreta mal su trabajo ...
NO DEBE Ejecutar a los animales !!!